Mediante Ley N° 29517, de 01.04.10, se
modifica la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevención y Control de los
Riesgos del Consumo del Tabaco, con la finalidad de proteger de la exposición
al humo de tabaco y mejorar las advertencias sobre el daño a la salud que
produce el fumar, en cumplimiento del Convenio Marco de la Organización Mundial
de la Salud -OMS para el Control del Tabaco.
Por lo que las empresas deberán tener
en cuenta las siguientes modificaciones:
a. De la protección contra la
exposición al humo de tabaco
-Se prohíbe fumar en los
establecimientos dedicados a la salud o a la educación, en las dependencias
públicas, en los interiores de los lugares de trabajo, en los espacios públicos
cerrados y en cualquier medio de transporte público, los que son ambientes
ciento por ciento libres de humo de tabaco.
-Se entiende por interiores o espacios
públicos cerrados todo lugar de trabajo o de acceso al público que se encuentre
cubierto por un techo y cerrado entre paredes, independientemente del material
utilizado para el techo y de que la estructura sea permanente o temporal.
B. De la obligatoriedad de un anuncio
en lugares donde está prohibido fumar
En todos los establecimientos antes
mencionados, deben colocarse, en un lugar visible, carteles con la siguiente
inscripción:
"ESTÁ PROHIBIDO FUMAR EN LUGARES
PÚBLICOS POR SER DAÑINO PARA LA SALUD"
"AMBIENTE 100% LIBRE DE HUMO DE
TABACO"
c. De las prohibiciones de
comercialización
-Se prohíbe la venta de paquetes de
productos de tabaco que contengan menos de diez (10) unidades.
d. Adecuación de los establecimientos
que hubieran efectuado inversiones
Los
establecimientos que hubieran efectuado inversiones comprobables para adecuarse
a lo previsto en el antiguo texto de la Ley Nº 28705, Ley General para la
Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, tienen un plazo de
trescientos sesenta (360) días a partir del 03.04.2010 para adecuarse.
2 comentarios:
no al tabaco"! .. interesante
buenos aportes para la prevencion del consumo del tabaco y respeto a las personas no fumadoras
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